Proyecto de Ley creación del Equipo Interdisciplinario de Adopción

El proyecto propone la creación del Equipo Interdisciplinario de Adopción, el cual funciona como un cuerpo especializado dentro del Registro Único de Aspirantes a la Adopción, el que está compuesto por profesionales abocados exclusivamente a la temática de adopción y guarda.

Expediente: D-56682/21

PROYECTO DE LEY – De la diputada Núñez y otros diputados, proponiendo crear el Equipo Interdisciplinario de Adopción.

Comisión: Niñez, Género, Familia y Juventud
Fecha: 30-04-2021
Acompañantes: Dip. Bezus, Verónica Adriana y Dip. Centeno, Anazul y Dip. Pereyra Pigerl, Héctor Rafael y Dip. Ruiz, Yamila Lisette

Fundamentos

El proceso de adopción y guarda de niños, niñas y adolescentes, es un camino a transitar que consta de muchas etapas, en la que se ven involucrados aspectos que atraviesan por completo las emociones de ambas partes, -adoptantes y adoptado-, por ende, es necesario que sean contenidos y asistidos de la mejor manera posible. En el marco legal, los pretensos adoptantes pasan por un estudio pormenorizado de su estado íntegro de salud, teniendo en cuenta su estado psicológico, asimismo deben cumplimentar con la totalidad de los requisitos establecidos por las normativas vigentes, Ley XII – N° 20, capítulo II y II – N° 13, por ello consideramos necesario profundizar el aspecto psicológico, a los fines de poder evitar consecuencias no deseadas y que el mismo se realice por profesionales abocados exclusivamente a estos procesos.

La valoración psicológica de la idoneidad de los adoptantes es por ello una evaluación singular, con elementos comunes y diferentes de la evaluación clínica. No se trata de examinar los conflictos psíquicos del solicitante sino de valorar si dispone de las actitudes y aptitudes necesarias para que la protección del menor quede garantizada. Es preciso descartar la existencia de psicopatologías, pero no se realiza un psicodiagnóstico clínico. En algunos países, República Checa, Colombia, México y Filipinas, exigen la aplicación de pruebas clínicas y proyectivas en la valoración de la idoneidad. Se debatió si estas pruebas aportarían información relevante no registrada mediante otras técnicas, como las entrevistas y los cuestionarios. La Convención sobre de los derechos del Niño, en su Artículo 23, apartado 4 establece: “Los Estados Partes promoverán, con espíritu de cooperación internacional, el intercambio de información adecuada en la esfera de la atención sanitaria preventiva y del tratamiento médico, psicológico y funcional de los niños impedidos, incluida la difusión de información sobre los métodos de rehabilitación y los servicios de enseñanza y formación profesional, así como el acceso a esa información a fin de que los Estados Partes puedan mejorar su capacidad y conocimientos y ampliar su experiencia en estas esferas. A este respecto, se tendrán especialmente en cuenta las necesidades de los países en desarrollo”. Es decir, el presente proyecto de ley pretende continuar con el cumplimiento de los lineamientos establecidos y dar efectividad a los mismos.

El estudio psicosocial de los solicitantes de adopción tiene como finalidad la elaboración de un informe sobre sus aptitudes, su situación y su capacidad para convertirse en familia adoptiva. El trabajo por parte de los profesionales es comprobar que se entiende y se puede asumir el reto que conlleva la adopción. No hay respuestas buenas o malas a priori, en general, se trata de comprobar que se ha reflexionado sobre lo que conlleva la paternidad adoptiva y se aceptan las peculiaridades de la misma. Los padres adoptivos tienen que enfrentarse a situaciones y tareas distintas a las de la paternidad biológica principalmente porque la vinculación en la familia adoptiva es diferente, al no producirse un embarazo, la preparación emocional para llevar a cabo el rol de padres viene dada de forma repentina y se debe estar preparado para ser capaz de asumir el cambio.

El proceso de selección es largo y exhaustivo, los solicitantes en ocasiones pueden llegar a sentir que están siendo juzgados para encontrar sus fallos, generando dudas y ansiedad en la pareja, sin embargo, esta valoración y estudio exhaustivo forma parte del sistema de protección institucional en el que se encuentran los menores, el profesional debe garantizar que estos menores no serán victimizados nuevamente y ante todo garantizar que se le proporciona al menor un entorno familiar estable que sea capaz de cubrir sus necesidades y, por tanto, su bienestar. Según la valoración de los criterios positivos y negativos, tanto excluyentes como no excluyentes, da lugar a las conclusiones del equipo técnico pudiendo ser favorable o idónea para la adopción, desfavorable o no idóneas para la adopción o desfavorable actualmente, en la que se considera que los solicitantes no reúnen actualmente las condiciones adecuadas para la adopción de un/una menor, pero que, sin embargo, las condiciones por las que han sido valorados desfavorablemente son transitorias, en este caso se debe explicar el porqué (al igual que en la valoración desfavorable definitiva) y las posibles propuestas de soluciones a la familia.

Tal diversidad de contextos (clínico, educativo, jurídico, de las organizaciones, de la intervención psicosocial, etc.) en los que aparece el informe del Equipo Interdisciplinario que se pretende crear a través de este proyecto de ley, como medio normalizado de transmitir información, da una idea de la multiplicidad de formas, objetivos y contenidos que pueden configurarlo. De esta forma, en muchos aspectos, el informe psicológico está en el camino de convertirse en una herramienta con exigencias de especialización. Si hace unos años destacaba la importancia de la unicidad, hoy predomina la conveniencia de su diferenciación, atendiendo incluso a temáticas particulares dentro de áreas más generales que ya están consolidadas como específicas de nuestra intervención.

En el marco político, el Frente Renovador de la Concordia Social, en cumplimiento y acompañamiento a los más vulnerables en un proceso que desarrolla y requiere un gran valor humano, como lo son la adopción y guarda, decide siempre brindar las suficientes herramientas para llevar a cabo tal procedimiento, por ello se considera necesaria la creación de un Equipo Interdisciplinario que se desenvuelva de manera exclusiva, específica e integral.

Fuente Cámara de Representantes de Misiones: http://www.diputadosmisiones.gov.ar/nuevo/archivos/proyectos/P56682.pdf


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