Electores e Infractores Electorales 2023
¿Quiénes son consideradas electoras y electores?
Son electores las argentinas y argentinos nativos y por opción, desde los 16 años y las argentinas y argentinos naturalizados, desde los 18 años que no se encuentren legalmente inhabilitados. Están habilitados para votar aquellos electores incluidos en el padrón electoral.
¿Quién y cómo se realiza el padrón electoral?
El padrón de electores se confecciona a partir de los datos del Registro Nacional de Electores, que está compuesto por cuatro subregistros:
- Electores por distrito
- Electores inhabilitados y excluidos
- Electores residentes en el exterior
- Electores privados de la libertad
El Registro Nacional de Electores es organizado por la Cámara Nacional Electoral. Contiene los datos de todas las electoras y electores del país con información proporcionada por el Registro Nacional de las Personas, se organiza por distrito y tiene un carácter público.
El Registro se actualiza permanentemente para incluir a los nuevos electores, asentar los cambios de domicilio y excluir a los electores fallecidos.
Cada año de elecciones se publica un padrón provisorio, que incluye las novedades registradas hasta 180 días antes de la elección general y a las personas que cumplen 16 años hasta el mismo día del comicio. Esta publicación se realiza para que los electores constaten que se los ha incluido correctamente. Si un elector no figura en ese padrón o encuentra errores en sus datos, puede hacer el reclamo ante el juzgado federal con competencia electoral.
30 días antes de las PASO se imprime el padrón definitivo, que está completamente depurado y es el que se utiliza el día de la elección.
¿Quiénes están excluidos del padrón electoral y, por lo tanto, no están habilitados para votar?
- Dementes declarados en juicio.
- Condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad y con sentencia firme, mientras dura la condena.
- Condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres años y si reincidió, por seis.
- Sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble término de la duración de la sanción.
- Declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción.
- Inhabilitados según disposiciones de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos.
- Quienes por otras leyes quedaren inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.
Si no aparezco en el padrón, ¿puedo ir a votar?
No. Bajo ningún concepto se admite el voto de alguien que no figure inscripto en el padrón electoral de la mesa.
Si soy residente extranjero en la Argentina y no me nacionalicé, ¿puedo votar en las elecciones legislativas?
No. Los residentes extranjeros no pueden votar en las elecciones legislativas, salvo que se hayan nacionalizado.
Sin embargo, las personas extranjeras admitidas como residentes permanentes de acuerdo con la ley Nacional de Migraciones 25.871 pueden votar cargos provinciales y/o municipales en las provincias cuya legislación lo contemple. Las y los residentes extranjeros no están obligados a votar y deben estar empadronados en el Registro de Electores Extranjeros Residentes en Argentina administrado por la Justicia Electoral de cada distrito. Consultá la modalidad de empadronamiento en tu provincia de residencia.
Infractores electorales
Registro de Infractores. Cámara Nacional electoral.
Si queres saber si estás en el registro de infractores, sólo tenes que completar el formulario con tus datos en la web https://infractores.padron.gob.ar/